Minera Olga deberá paralizar sus faenas en el altiplano

04 Abril 2012

Corte de Apelaciones acogió a tramitación el recurso de protección presentado por alcalde de Putre, comunidades indígenas y otras organizaciones comunitarias del sector precordillera

Guillermo Salgado >
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La Corte de Apelaciones de Arica acogió a tramitación el recurso de protección presentado la semana pasada por el alcalde de Putre, don Ángelo Carrasco Arias, las comunidades indígenas y otras organizaciones comunitarias de la comuna, en contra de la sociedad de hecho Morales Seguel, Juan Arnoldo y Otro, representada por don Rodrigo Opazo Huck, y en contra de la Sociedad de Gestión Minera M & M Ltda. o SOGEMIN, representada por don Hernán Mery Ahumada, quienes amparados en la concesión minera Olga 1/10, estarían realizando labores mineras en el sector cercano a la localidad de Chapiquiña, dentro del Parque Nacional Lauca, sin haber sometido el proyecto al Sistema de Evaluación Ambiental conforme lo exige la Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sin consultar a las comunidades conforme señal la ley indígena y el convenio 169 de la OIT, situación exigible por cuanto el lugar de intervención del proyecto minero comprende un área de desarrollo indígena (ADI) .

Asimismo, la Corte dio lugar a la orden de no innovar solicitada por los recurrentes, por lo que dicha empresa minera deberá paralizar sus faenas mientras se resuelve el recurso.

El alcalde de Putre, Ángelo Carrasco se mostró satisfecho con la medida, argumentando que ninguna empresa, grande, mediana o pequeña, puede estar por sobre la ley. “Acá claramente se vulneró el convenio 169 de la OIT, se han realizado faenas dentro de un área de desarrollo indígena y según lo que hemos podido verificar, a través de las propias comunidades indígenas, las labores se encuentran dentro del parque Lauca”, dijo el alcalde de Putre.

Carrasco indicó además que a  comienzo de semana la Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por una comunidad indígena de la Región de Tarapacá y ordenó realizar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) en proyecto de prospección minera denominado “Sondaje de Prospección Paguanta”, lo que a juicio del edil marca un precedente respecto al respeto al medio ambiente y a las instancias que la ley  obliga para estos fines; “principalmente el respeto al Convenio 169 de la OIT y la consulta que deben realizar a las comunidades indígenas”, precisó el alcalde de Putre Ángelo Carrasco.

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